11 de febrero de 2021
- Con esta transferencia el Gobierno dota económicamente el programa, que forma parte del nuevo plan de ayudas trimestral de 618 millones de euros para los colectivos y sectores económicos más afectados por la Covid-19.
- La ayuda consistirá en una aportación de 2.000 euros por trabajador en ERTE activo a 31 de enero de 2021 hasta un máximo de 30.000 euros por empresa.
- La empresa deberá mantener el mismo número de trabajadores el 31 de diciembre de 2021 respecto al 31 de diciembre de 2020 y, en caso contrario, se le revocará la totalidad de la subvención.
- Se prevé dar cobertura a 104.000 trabajadores en ERTE que hay en las microempresas, pequeñas empresas y cooperativas.
- El trámite telemático de solicitud se abrirá el próximo lunes, 15 de febrero a las 12.00 horas, y se podrá realizar a través de Canal Empresa hasta el día 22.
El Gobierno ha autorizado transferir 208 millones de euros de los Fondos extraordinarios al Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda (CCAM) del Departamento de Empresa y Conocimiento para poner en marcha la línea de ayudas directas para empresas con trabajadores en situación en ERTE . El objetivo de la línea, que se abrirá el próximo lunes, es apoyar a los colectivos y sectores económicos más afectados por las medidas de contención del Covid-19 y mantener los puestos de trabajo en situación de ERTE de estas empresas. Se prevé dar cobertura a 104.000 trabajadores en ERTE que se calcula que hay en estas empresas.
Con esta transferencia se dota económicamente el programa de ayudas, que se activó ayer con la publicación de las bases en el DOGC, y que forma parte del nuevo plan de ayudas trimestral dotado con 618 millones de euros para los colectivos y sectores económicos más afectados por la Covid-19.
Se podrán acoger microempresas, pequeñas empresas y cooperativas con sede social en Cataluña y con trabajadores en situación de ERTE activo a fecha de 31 de enero de 2021.
- Pequeñas empresas: menos de 50 trabajadores y facturación anual de hasta 10 millones de euros
- Microempresas: menos de 10 trabajadores y facturación anual de hasta 2 millones de euros
- Cooperativas: menos de 50 trabajadores o socios cooperativos y facturación de hasta 10 millones de euros
No podrán acogerse autónomos a título individual, ni fundaciones o empresas participadas en más de un 50% por capital público.
La ayuda consistirá en una aportación de 2.000 euros por trabajador hasta un máximo de 30.000 euros por empresa, que deberá mantener el mismo número de trabajadores hasta el 31 de diciembre de 2021 respecto al 31 de diciembre de 2020. El incumplimiento de este requisito conllevará la revocación de la subvención, que deberá ser devuelto junto con el pago de los intereses de demora.
El trámite telemático de solicitud se abre el lunes, 15 de febrero a las 12.00 horas
Las ayudas se podrán solicitar a partir del próximo lunes, 15 de febrero, a las 12.00 horas, y hasta el día 22, a las 12.00 horas. La presentación de las solicitudes se hará temáticamente a través del Canal Empresa, llenando el modelo formalizado disponible en la web del CCAM, de Canal Empresa o del Departamento de Empresa y Conecimiento. Con el fin de agilizar la tramitación, el procedimiento incluirá una declaración responsable, donde los solicitantes acreditarán que cumplen los requisitos, y el control administrativo del cumplimiento de los requisitos se hará a posteriori, una vez hecho el pago.
Las subvenciones se otorgarán por concurrencia competitiva, y el criterio de valoración será la disminución de la facturación del ejercicio 2020 respecto al año anterior. Se dará prioridad a las empresas que hayan sufrido mayores pérdidas porcentuales.
En caso de que la empresa o cooperativa haya creado después del 1 de enero de 2019 se calculará la caída de la facturación de la siguiente manera:
- Si la empresa se ha creado antes del 30 de septiembre de 2019, se comparará la facturación del último trimestre de 2019 con la del último trimestre de 2020.
- Si la empresa se ha creado a partir del 1 de octubre de 2019, se comparará la media de facturación de los dos primeros meses de vida de la empresa con la facturación de enero de 2021.
Los solicitantes podrán consultar si se les ha otorgado la ayuda al tablero electrónico de la Generalidad. Estas ayudas se pueden acumular a otras subvenciones o ayudas públicas y/o privadas ya solicitados.